30/05/2011
En el marco de la Semana Internacional del Detenido Desaparecido, este Centro de Derechos Humanos se suma a la exigencia por la aparición con vida de las personas desaparecidas forzosamente en el mundo, en el continente latinoamericano, en México y en Chiapas durante el conflicto armado interno aún no resuelto donde, a través de una guerra de baja intensidad, el Estado mexicano resulta responsable de graves violaciones a los derechos humanos.
La práctica de la desaparición forzada de personas, como lo establece el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, constituye un Crimen de Lesa Humanidad, puesto que implica una violación múltiple y continuada de derechos humanos esenciales de carácter inderogables y protegidos por los tratados internacionales como son el derecho a la vida; a la libertad personal; a la integridad personal; a la seguridad personal; a tener personalidad jurídica; protección judicial y garantías judiciales.
En Chiapas, durante el periodo más álgido del conflicto armado interno, la desaparición forzada de personas era una práctica común y, en el periodo que va de 1995 a 2001, este Centro de Derechos Humanos tiene documentado en la zona Norte del estado la desaparición forzada de 32 hombres y cinco mujeres por el actuar del grupo paramilitar “Desarrollo Paz y Justicia” (Paz y Justicia) cuyas acciones respondían a un plan de contrainsurgencia vigente desde 1994, con la finalidad de acabar con las Bases de Apoyo del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional y sus simpatizantes. En ese entonces Paz y Justicia actuaba en contra de la población civil en los municipios de Tila, Tumbalá, Sabanilla, Yajalón, Salto de Agua y se caracterizó por la violencia utilizada a través de emboscadas, desplazamiento forzado, desapariciones forzadas, asesinatos, violaciones sexuales, torturas, la cual fue denunciada reiteradamente en su momento por este Centro de Derechos Humanos.
En una política contrainsurgente, similar a la descrita anteriormente, el 13 de noviembre de 2006, en Viejo Velasco, en el municipio de Ocosingo, Chiapas, la comunidad fue emboscada por civiles armados identificados como Organización Para la Defensa de los Derechos Indígenas y Campesinos.
(OPDDIC) acompañados por 300 elementos de la seguridad pública, resultando el asesinato de cuatro personas y la desaparición forzada de Mariano Pérez Guzmán, Miguel Moreno Montejo, Pedro Núñez Pérez y Antonio Peñate López, también conocido como Juan Peñate Montejo.
En este escenario, cabe resaltar que en el ámbito internacional el Estado mexicano figura como uno de los principales impulsores de la Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas; el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional; La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, entre otros instrumentos internacionales en la materia. Lo paradójico es que ha realizado reservas muy claras en cuanto al fuero militar, por lo que a través de éstas, sigue permitiendo violaciones a derechos humanos perpetradas por efectivos militares, además de haber cerrado la fiscalía especial para investigar los crímenes del pasado y no efectuar las investigaciones adecuadas por la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez integrantes del Ejército Popular Revolucionario; así como mantener en la impunidad las desapariciones forzadas de las personas migrantes que cruzan el territorio mexicano.
Con respecto a la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, el gobierno mexicano estableció como reserva el no reconocimiento de la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada, instituido para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por las víctimas, sus familiares o representantes. Esta decisión es incompatible con la naturaleza misma del tratado y deja ver nuevamente la falta de voluntad política para emprender acciones reales para abatir y erradicar dicha práctica.
Lo que hemos constatado, a través de los casos de desaparición forzada de personas que ha documentado este Centro de Derechos Humanos, el gobierno mexicano, no respeta, ni protege, ni garantiza, en el ámbito nacional, los derechos humanos que ratifica ante la comunidad internacional, lo cual demuestra la ineficacia del sistema de justicia y la falta de voluntad a encontrar el paradero de las víctimas de estos hechos de crímenes de lesa humanidad.
Ante la situación anteriormente descrita, exigimos la aparición con vida de: o Amado Gómez Torres, desaparecido forzadamente el 7 de mayo de 1996, en Unión Juárez, Sabanilla.

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