Ante este clima de violencia en el que vivimos y que ha traído como consecuencia la constante violación a los derechos humanos por parte de diversas autoridades en nuestra comunidad, resulta oportuno dar a conocer por parte de las organizaciones firmantes, la Recomendación 75/2011 emitida por Comisión Nacional de Derechos Humanos, a favor de NOÉ FUENTES CHAVIRA, ROGELIO AMAYA MARTÍNEZ, VÍCTOR MARTÍNEZ RENTERIA, GUSTAVO MARTÍNEZ RENTERIA y RICARDO FERNÁNDEZ LOMELI los cuales sufrieron retención ilegal y tortura por Agentes de Seguridad Publica federal HECHOS El 11 de agosto de 2010 NOÉ FUENTES CHAVIRA, ROGELIO AMAYA MARTÍNEZ, VÍCTOR MARTÍNEZ RENTERIA, GUSTAVO MARTÍNEZ RENTERIA y RICARDO FERNÁNDEZ LOMELI, se encontraban fuera del domicilio de la ex pareja de Gustavo en Ciudad Juárez, ya que habían ido a llevar cosas para el hijo menor de este. En ese momento pasan dos camionetas de la Policía Federal Preventiva y se regresan, los revisan y los detienen sin motivo alguno con lujo de violencia. Los tiran al suelo, los esposan, los suben a las unidades y los conducen a la Estación de Policía Babicora (ante el juez de barandilla o cívico), ahí les dicen que ya no tenían lugar y los trasladan a las instalaciones de la Policía Federal Preventiva en Ciudad Juárez. En dichas instalaciones (que al parecer son bodegas, según el dicho de las víctimas) agentes de la referida institución empiezan a torturarlos y preguntarles para quien trabajan. Los familiares para ese entonces no sabían del paradero de los mismos, por lo cual empezaron a buscarlos, acudiendo a varias instancias, incluyendo hoteles donde se tenía conocimiento se hospedaban personal de la Policía Federal Preventiva, en donde les informaban el desconocimiento del paradero de las víctimas, es así que se acudió a la Fiscalía del Estado de Chihuahua para interponer una denuncia de desaparición. Fue hasta el día 13 de agosto de 2010, cuando uno de los familiares los vio por televisión en donde los presentaban como miembros del cartel de La Línea, acusados de la explosión de un carro bomba, estos ya se encontraban en la Ciudad de México. El día 15 de Agosto de 2010 familiares acuden ante la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) en la Ciudad de Mexico -en donde fueron trasladadas las víctimas- ahí los familiares logran ver como fueron torturados, tiempo después los llevaron a una casa de arraigo. Durante los 5 días las víctimas fueron torturadas de diferentes formas (golpes, tortura sexual, asfixia con bolsas de plástico, ahogamiento, amenazas de muerte a ellos y a sus familias, toques eléctricos, arrastrados con automóvil, patadas, insultos y amagos con pistolas), con el fin de que aceptaran los cargos de la explosión de un coche bomba , delincuencia organizada, trafico de drogas y armas. Las lesiones que sufrieron fueron tan graves que fueron atendidos en el hospital donde quedaron internados durante un día. Formalmente fueron acusados de delincuencia organizada, trafico de drogas y posesión de arma de fuego. Actualmente NOÉ FUENTES CHAVIRA y ROGELIO AMAYA MARTÍNEZ, se encuentran recluidos en el Centro Federal de Readaptación Social número cuatro “Noroeste” en el poblado del Rincón en Tepic, Nayarit, y VÍCTOR MARTÍNEZ RENTERIA, GUSTAVO MARTÍNEZ RENTERIA y RICARDO FERNÁNDEZ LOMELI, en Centro Federal de Readaptación Social número cinco “Oriente” en el poblado del Villa Aldama, Veracruz. El juicio se radico en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco. Dado lo anterior, y gracias a la intervención de los familiares, quienes interponen formal queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el día 15 de agosto de 2010, cuyo número es CHDJ/1/2010/4527/Q se derivo en una recomendación con numero 75/2011 en la cual refiere que: I. Que para el organismo en mención se violaron los derechos humanos a la legalidad y a la integridad y seguridad personal de NOÉ FUENTES CHAVIRA, ROGELIO AMAYA MARTÍNEZ, VÍCTOR MARTÍNEZ RENTERIA, GUSTAVO MARTÍNEZ RENTERIA y RICARDO FERNÁNDEZ LOMELI, por agentes de Seguridad Publica Federal, que consintió en retención ilegal y tortura. II. Asimismo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos manifiesta su preocupación respecto al hecho de que las víctimas, hayan sido presentados ante los medios de comunicación como presuntos miembros de la delincuencia organizada antes de su puesta a disposición ante el agente del Ministerio Público de la Federación, sin que se declarara su responsabilidad penal mediante sentencia emitida por la autoridad judicial correspondiente, entre otras recomendaciones. III. Lo anterior violando disposiones tanto Constitucionales como internacionales de protección de los derechos humanos de las hoy víctimas y sus familiares. PUNTOS PETITORIOS Dado lo anterior, exigimos que el Gobierno Mexicano, en particular el Ing. ING. GENARO GARCÍA LUNA, Secretario de Seguridad Pública Federal: 1. De cumplimiento a la Recomendación 75/2011, la que establece reparación de daños a la victimas, a decir se proporcione el tratamiento médico y psicológico tendiente a reducir los padecimientos, asimismo la restitución de la fama y el buen nombre de la victimas. 2. Garantice la seguridad e integridad física y psicológica tanto de la victimas que se encuentran en los reclusorios mencionados como a sus familias, así como a las organizaciones que los representan. 3. Exigimos al Estado Mexicano que no haga uso de la tortura como una herramienta para obtener información en la investigación de los delitos y/o para que las personas se auto inculpen asegurando la aplicación de la legislación nacional e internacional de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, firmadas y ratificadas por México. 4. Se colabore ampliamente con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en la presentación y el seguimiento a la denuncia de hechos que se formulen ante la Procuraduría General de la República a fin de que inicie la averiguación previa que en derecho corresponde por tratarse de servidores públicos federales, cuya conducta motivo la recomendación que nos ocupa. 5. Que se asegure las formalidades de juicio jurídico conforme a derecho, es decir de forma imparcial e independiente. ATENTAMENTE:Centro de Derechos Humanos Paso del Norte AC. Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad. |
27 de diciembre de 2011
Recomendación de la CNDH a favor de víctimas de retención ilegal y tortura
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